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Qué es el IBI: Todo sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles

El IBI (Impuesto sobre bienes inmuebles) es un tributo anual al ayuntamiento que tienen que pagar los propietarios de un inmueble. ¿Quieres saber más? Desde CHG te resolvemos todas las dudas.

¿Todos los propietarios de un inmueble tienen que pagar el IBI?

Todos aquellos que tengan la tituralidad de un inmueble, ya sea un piso, un chalet, un local o un garaje, tienen la obligación de inscribirse en la Dirección General del Catastro y de pagar el IBI.

¿Existen excepciones? Como todo en esta vida, sí. ¿Quiénes están libres de pagarlo? Los inmuebles propiedad del estado o de las comunidades autónomas, los de la Cruz Roja, las sedes diplomáticas de otros países y los inmuebles catalogados como patrimonio histórico son algunos de ellos.

Qué es el IBI Impuestos sobre Bienes Inmuebles | CHG

¿Cómo se calcula el IBI?

Cada inmueble tiene unas características diferentes que determinan el coste del IBI y para calcularlo se parte del valor catastral que depende de los siguientes factores:

  • La localización del inmueble.
  • El valor del suelo en el mercado actual.
  • Las características urbanísticas del suelo.
  • El coste material de las construcciones.
  • La antigüedad del edificio.

Tras analizar este valor, cada ayuntamiento aplica a este un porcentaje (que generalmente se sitúa entre el 0,4 y el 1,3%). El coeficiente de este porcentaje será la cantidad a pagar.

Cálculo del IBI | CHG

¿Existen bonificaciones?

Existen algunas bonificaciones que pueden ayudarte a hacerte cargo de este impuesto. ¿Quiénes se pueden beneficiar de ellas?

  • Las personas que sean titulares de una vivienda de protección oficial (tienen un 50% durante los tres primeros años).
  • Las personas con familia numerosa (en algunas comunidades).
  • Los bienes rústicos de las cooperativas agrarias (pueden llegar a tener una bonificación de hasta el 95%).

IBI

¿Cuándo se paga este impuesto?

El IBI se paga anualmente y el plazo para abonarlo suele ser desde el 1 de octubre hasta el 30 de noviembre si se hace de forma voluntaria en ventanilla. Si se prefiere, también se puede domiciliar directamente en el banco. Las fechas del cobro suelen ser, por lo general, similares a las de ventanilla.

¿Se puede pagar a plazos? Sí, este tributo puede fraccionarse. Los plazos dependen del municipio donde se encuentre el inmueble pero existe esta opción. Eso sí, las titulares deberán solicitar este tipo de pago con antelación. En caso de que no lo solicitan dentro de los periodos estipulados, tendrán que abonar la totalidad en un único pago.

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